Pueblos indígenas y justicia penal: barreras de acceso y ruta crítica para la gestión intercultural de la justicia
En el ámbito del sistema de enjuiciamiento penal, el actual Código procedimental vigente desde hace más de una década incluyó -previa reforma constitucional-imperativos que establecían la obligatoriedad a la justicia ordinaria de generar relaciones de cooperación y coordinación con la Justicia Indígena OriginarioCampesina a efectos de reconocer los fallos que en el marco de su derecho consuetudinario hayan emitido en relación a ciertos casos penales, en tanto no verse sobre ellos situaciones de vulneración a los derechos fundamentales y garantías reconocidas por la Carta de Derechos.
Sin embargo, hoy por hoy, la ausencia de registros de información desagregados por edad, pertenencia cultural, necesidades especiales, impide identificar- en el caso de población indígena y campesina- si los imperativos anteriormente descritos son cumplidos en materia de gestión intercultural de la justicia plural, y también en relación a las garantías necesarias para asegurar un derecho a la defensa técnica y material, base del debido proceso.