Justicia rechaza el recurso de los juristas, quienes están obligados a transcribir 1,5 millones de firmas
“Acaba de consumarse el obstáculo principal al ejercicio de la democracia directa y participativa”, lamentaron los juristas independientes.
La Justicia denegó este jueves a los denominados juristas independientes la tutela que habían solicitado mediante una acción de amparo constitucional, por lo que ahora continúan obligados a transcribir en un sistema informático 1,5 millones de firmas, que son necesarias para impulsar un referendo en busca de la anhelada reforma judicial en Bolivia.
“El Tribunal Supremo Electoral (TSE) aplica primero el reglamento, luego la Constitución y la Sala Constitucional acaba de dar la bendición constitucional a ellos (los vocales) denegando la tutela que hemos solicitado en acción de amparo; por lo tanto, se nos obliga, como condición para viabilizar nuestra iniciativa ciudadana, el transcribir 1,5 millones de partidas recogidas en los libros de adhesión en un sistema informático”, dijo José Antonio Rivera, miembro del grupo de juristas independientes.
Entonces, en su criterio, también “acaba de consumarse la zancadilla y el obstáculo principal al ejercicio de la democracia directa y participativa”.
Además, aseguró que ese sistema informático del TSE tiene un conjunto de obstáculos y dificultades técnicas que inviabilizan la iniciativa ciudadana, al igual que el tiempo y las razones económicas.
En el mismo sentido y en varias oportunidades, otros juristas independientes ya habían advertido que será imposible transcribir 1,5 millones de firmas en un medio informático porque, según sus cálculos, demandaría el trabajo de 200 a 300 voluntarios con un presupuesto de un millón de bolivianos o mucho más.
Por eso, precisamente, los juristas independientes habían presentado el recurso judicial, pero no consiguieron su objetivo.
El pasado 4 de abril, mediante un comunicado, el Tribunal Electoral ratificó que la cuestionada transcripción de las firmas está establecida en un reglamento.
“Este reglamento constituye el instrumento normativo de aplicación al presente proceso del que (…) se presume su constitucionalidad en tanto el Tribunal Constitucional Plurinacional no declare su inconstitucionalidad”, remarcaba entonces el ente electoral.