El TCP declara inconstitucional la reelección continua y discontinua y le cierra la puerta definitivamente a Evo
La medida impide que Morales, quien ocupó la presidencia entre 2006 y 2019, pueda participar como candidato en futuras elecciones presidenciales.
El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) ratificó la inhabilitación del expresidente Evo Morales para las próximas elecciones, al declarar inconstitucional la reelección continua y discontinua.
La resolución del máximo tribunal declara “la constitucionalidad parcial” y argumenta que el presidente y el vicepresidente están habilitados para una reelección por una sola vez de manera continua. La decisión fue tomada por ocho de los nueve magistrados del alto tribunal, con un voto aclaratorio en la resolución.
Considera que el término “una sola vez” implica “la limitación de alcanzar a un tercer mandato y la prohibición de que el mismo se extienda más allá de los diez años como máximo, sea ésta de forma continua o discontinua, superando con ello las razones de la decisión y lo resuelto en la Sentencia Constitucional Plurinacional 0084/2017”.
Aquella sentencia es la que habilitó a Evo Morales de por vida para ser postulante, con el argumento de que la reelección presidencial es un derecho humano.
Sin embargo, con esta resolución y la Opinión Consultiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) sobre la reelección, Morales queda inhabilitado para las futuras elecciones en el país.
La CIDH emitió la opinión consultiva 28/21, en la que establece que “la reelección presidencial indefinida no constituye un derecho autónomo protegido por la Convención Americana ni por el corpus iuris del derecho internacional de los derechos humanos”.
La sentencia que dictó el TCP responde a una acción de inconstitucionalidad abstracta promovida por los diputados Leonardo Fabián Ayala Soria y José Carlos Gutiérrez Vargas (ambos de Creemos), a través de la cual solicitan declarar la inconstitucionalidad de algunos artículos de la Ley 381 de Aplicación Normativa y de la Ley 026 de Régimen Electoral. Estas normas establecen la reelección por una sola vez de manera continua.
La decisión fue adoptada en una sesión extendida del tribunal y será publicada oficialmente en la Gaceta Constitucional Plurinacional.