Una jueza de Sucre determinó que los magistrados del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) sean procesados en la vía de juicio de responsabilidades y no por vía ordinaria, en el proceso que se les instauró por presunta usurpación de funciones.
La información fue proporcionada por el presidente del TCP, Paul Franco, quien indicó que la jueza ha declarado probado el recurso de excepción, disponiendo que la Fiscalía proceda al archivo de obrados del proceso penal.
El argumento para este fallo consiste en que los magistrados siguen ejerciendo el cargo, en virtud a la prórroga decidida por la Declaración Constitucional 049/2023, por lo cual les corresponde juicio de responsabilidades.
“Pues estamos ejerciendo funciones en condición de magistradas y magistrados del Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia, en consecuencia la juez ha declarado probada la excepción de falta de acción establecido que debe aplicarse el contenido de la ley de juicio y responsabilidades número 044”, afirmó Franco, según reporte del periodista Iván Ramos de la Red ERBOL.
Con esa decisión, el procesamiento de los magistrados corresponde a la Asamblea Legislativa, mediante la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados, de acuerdo con la ley 044.
“Quienes tiene que llevar adelante el procesamiento, en virtud al reconocimiento judicial que existe a la vinculatoriedad y obligatoriedad de la Declaración Constitucional 049, es precisamente la Asamblea Legislativa Plurinacional, puesto que nosotros estamos en este momento cumpliendo funciones en nuestra condición de magistradas y magistrados”, recalcó Franco.
De promoverse el juicio de responsabilidades, la investigación debe estar a cargo del Comité de Ministerio Público de la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados. Esa instancia debe decidir si imputa a los magistrados.
Los magistrados fueron denunciados por parlamentarios de Comunidad Ciudadana, que los acusaron de usurpar funciones con su prórroga, después de terminar su mandato el 31 de diciembre.
El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) emitió este miércoles el auto constitucional 034/2024 -CA/S en el que instruye a la Asamblea Legislativa considere la adecuación del proyecto 144, antes del tratamiento de otra ley para las judiciales.
De acuerdo con el documento, la solicitud fue formulada por el presidente del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), Marco Jaimes, dentro de la consulta de control previo sobre la constitucionalidad del proyecto de ley 144/2022-2023 “proyecto de Ley Transitoria para las Elecciones Judiciales 2023-2024” del 31 de agosto de 2023, a objeto que se disponga la aplicación de medidas cautelares.
“El accionante refirió que conforme al artículo 115 de la CPE (Constitución Política del Estado), lo dispuesto en la DCPC 0049/2023 de 11 de diciembre, es de cumplimiento obligatorio para el Órgano Legislativo, sin embargo, este Órgano pretende volver a considerar el proyecto de ley sin adecuar ni eliminar las disposiciones normativas observadas, así como analizar otros proyectos de ley vinculados al mismo, lo cual produciría una daño irreparable al ordenamiento jurídico con graves violaciones a los derechos fundamentales y/o garantías constitucionales, siendo que varios de sus artículos fueron declarados inconstitucionales por la institución encargada de realizar el control de constitucionalidad, generando así un evidente incumplimiento a la referida DCP 049/2023 que no puede ser tolerado por un Estado Constitucional de Derecho”, señala el auto constitucional del TCP.
El TCP emitió el 11 de diciembre la Declaración Constitucional Plurinacional 049/2023 dispuso “la prórroga de mandato de las autoridades del Órgano Judicial y Tribunal Constitucional Plurinacional en actual ejercicio, de manera excepcional y temporal, hasta que se elijan y posesionen a las nuevas autoridades”.
La declaración constitucional 049/2023 además dispuso de la inconstitucionalidad por conexitud de «los artículos 14, 29.II, 30.I y la Disposición Adicional Séptima en su segundo párrafo, inc. a) todos del Proyecto “Proyecto de Ley Transitoria para las elecciones Judiciales 2023-2024”C, referidos a los plazos previsto en ellos, y la inconstitucionalidad de los parágrafos I y III de la Disposición Adicional Sexta, por ser contrarios a los arts. 9.4, 12, 115 y 178 de la Constitución Política del Estado».
Además, el accionante, solicitó que “como medida cautelar se ordene a la Asamblea Legislativa Plurinacional que, en cualquiera de sus cámaras, se abstenga de aprobar o tratar otros proyectos de ley sin previamente cumplir con los dispuesto por la DCP 049/2023, debiendo velar porque el Proyecto de Ley Transitoria para las Elecciones Judiciales 2023-2024 garantice el respeto de derechos fundamentales y garantías constitucionales, aspecto que vulneraría el orden constitucional y legal en nuestro Estado, así como los derechos y garantías de los ciudadanos que pretender formar los altos Tribunales de Justicia, contrariando a los arts 15, 115, y 203 de la norma suprema, adames de incurrir en posibles conductas antijurídicas como la establecida en el art 179 del Código Penal”.
El Senado aprobó este jueves una ley que eliminarían las salas constitucionales, que fueron creadas en 2018 para tratar recursos de protección de derechos, como los amparos, acción de libertad, acción popular y otros.
La eliminación de estas salas fue apoyada por las bancadas “evista” y de oposición. Argumentaron que las salas constitucionales en lugar de hacer bien, hicieron mal a la justicia, actuando de manera abusiva e inconstitucional, politizando la administración judicial.
En los últimos meses, salas constitucionales fueron cuestionadas por decisiones como suspender las interpelaciones contra los ministros y paralizar el proceso de preselección de candidatos a elecciones judiciales.
El senador de CC, Antonio Zamora, dijo que las salas constitucionales se han vuelto políticas. “Nos han suprimido nuestras atribuciones previstas en la Constitución”, protestó.
Con esta norma se abrogaría la ley 1104 de 2018, mediante la cual se crearon 22 salas constitucionales con jurisdicción departamental, con el objetivo de atender los casos referidos a garantías establecidas en la Constitución Política del Estado.
El senador “evista” Luis Adolfo Flores explicó que las salas constitucionales no están previstas en la Constitución.
La nueva ley plantea que las acciones de amparo se traten en juzgados de materia penal y que el resto de acciones se tramiten ante cualquier sala de turno de los tribunales departamentales o juzgado.
La ley aprobada fue remitida a la Cámara de Diputados, que deberá tratarla en instancia de revisión.
“Arcistas” rechazan
Senadoras del ala “arcista” expresaron su rechazo a esta ley aprobada por sus colegas en la Cámara Alta.
La senadora María Muñoz recordó que la creación de salas constitucionales se propuso en una cumbre de justicia. Cuestionó la actitud de sus colegas del ala “evista” y anunció que acudirá a las bases.
El senador Santos Ramos criticó las confusiones que hubo durante la aprobación de la norma. Expresó su rechazo porque considera que en su momento se aprobó la ley 1104 porque les convenía y ahora cambian ese criterio.
La senadora también “arcista” Virginia Velasco manifestó su indignación, porque considera que las salas constitucionales son una “conquista” de la población. Explicó que la idea de esta instancia era acercar la justicia al pueblo.
Velasco espera que la Cámara de Diputados rechace esta ley aprobada en el Senado.
El senador de CC, Antonio Zamora, respondió a los “arcistas” que parecen defensores de los vocales constitucionales que “han hecho y deshecho” y que creen “todopoderosos”. Recalcó que estas salas se han politizados y torcido la justicia.
“El remedio de las salas constitucionales ha sido peor que la enfermedad”, agregó.