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Redes y organizaciones que promueven la correcta aplicación de la Ley No. 348 y defienden el acceso a la justicia de mujeres en situación de violencia

¡¡¡EXIGIMOS JUSTICIA PARA DANIELA!!!

En 2017, Daniela Tapia Iturri, joven mujer tarijeña, pareja de Mauricio Morales Navarro murió en circunstancias anómalas, las cuales merecen ser aclaradas e investigadas más aún si hay antecedentes de hechos de violencia e indicios de prueba y testimonios de que su muerte no fue natural ni fortuita. Daniela dejó en la orfandad a un niño, que a su corta edad ha sido víctima de violencia, siendo sometido a constantes declaraciones en las cuales ha relatado lo sucedido los últimos días de vida de madre.

No obstante, después de casi tres años de la dolorosa pérdida de Daniela, la fiscalía de la ciudad de La Paz ha emitido resolución de sobreseimiento que, de ser ratificada, pondría fin al proceso, la cual no sólo es contradictoria con los elementos que fundaron en un primer momento la imputación formal, sino que, esencialmente, incumple el estándar de la debida diligencia reforzada y es evidencia de la revictimización hacia la familia y la burocratización de la investigación.

Debe recordarse que la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha establecido que “ante un acto de violencia contra una mujer, resulta particularmente importante que las autoridades a cargo de la investigación la lleven adelante con determinación y eficacia”. Por su parte el Tribunal Constitucional Plurinacional ha señalado que: “en el marco de los estándares internacionales e internos de protección a las mujeres víctimas de violencia, el Estado tiene la obligación de actuar con la debida diligencia para prevenir, investigar y sancionar la violencia contra la mujer; debida diligencia que, en la labor de investigación, se traduce en la investigación de oficio de los hechos de violencia hacia las mujeres, la celeridad en su actuación, la protección inmediata a la misma, la prohibición de revictimización y que la carga de la prueba corresponde al Ministerio Público y no a la víctima” (SCP 017/2019-S2).

Ante esta situación y la posibilidad de que los hechos denunciados queden en la impunidad, nuestras organizaciones:

Solicitamos al Fiscal Departamental de La Paz revoque el sobreseimiento y se realicen las actuaciones investigativas pendientes y una adecuada valoración de los elementos de convicción sobre la base de una debida diligencia reforzada, a fin de no dejar en la impunidad la muerte de la víctima.

Exhortamos al Ministerio de Justicia y Transparencia Institucional y a la Asamblea Legislativa Plurinacional a realizar seguimiento a este caso, a fin de que el mismo cumpla con los principios constitucionales de acceso a la justicia.

Reiteramos nuestro apoyo militante a familiares de víctimas de feminicidios y demandamos a la Fiscalía General del Estado garantice que todos los hechos de violencia sean investigados de oficio de forma exhaustiva y efectiva.

Bolivia, 21 de septiembre de 2020.

PRONUNCIAMIENTO-Caso-Daniela-Tapia

1 Comment

  1. Michelle Shaw Coronado
    25/09/2020 @ 9:41 am

    Buem dia nosotros la organización de Victimas de Feminicidio e Infanticidio Bolivia, nos sumamos al pronunciamiento.

    Reply

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